En Chile, cuando el divorcio es de mutuo acuerdo por cese de convivencia debe ser superior a 1 año. Mientras que el divorcio unilateral por cese de convivencia debe ser superior a 3 años. Y el divorcio por culpa se solicita cuando exista una falta grave y calificada por parte del otro cónyuge, de tal forma que haga intolerable la vida en común.
Lo más difícil del divorcio puede ser el aspecto emocional y lo puede ser aún más si no se logra llegar a un acuerdo con la otra parte. Los aspectos financieros, como la pensión alimenticia, la manutención de los hijos, la distribución de activos y la deuda, pueden ser complicados. Es por eso, que es importante asegurarse de que los acuerdos sean justos y equitativos. Nuestros abogados te asesoran para que el proceso sea lo menos complejo.
Para garantizar que el proceso de divorcio se lleve a cabo de manera efectiva y se protejan los intereses de todas las partes involucradas, es importante no ocultar información financiera, no acudir a la violencia física o amenazas contra tu cónyuge, no cumplir con las órdenes del tribunal y las restricciones impuestas, no involucres a los hijos en el conflicto para tener una ventaja en el proceso.
Definir el tipo de divorcio y llegar a acuerdos amigables antes de iniciar un proceso.Si tienes hijos en común, debes considerar cómo se manejará la custodia, la crianza y la educación de los niños, determinar cómo se dividirán los bienes y las propiedades acumuladas durante el matrimonio. Te recomendamos consultar con uno de nuestros abogados de familia especializado en divorcio.
Los bienes que se dividen varían según el régimen matrimonial bajo el cual se haya contraído el matrimonio y los acuerdos que se hayan establecido entre las partes. En la Sociedad Conyugal se divide el patrimonio acumulado durante el matrimonio, mientras que en la Separación total de Bienes todos los bienes adquiridos durante el matrimonio, depende única y exclusivamente de cada cónyuge, y en la Participación en los Gananciales, no se reparten los bienes que se adquirieron cuando el matrimonio se termina por divorcio, pero el cónyuge que adquirió bienes de mayor valor debe compensar al otro cónyuge que obtuvo menos.
Los bienes que se dividen varían según el régimen matrimonial bajo el cual se haya contraído el matrimonio y los acuerdos que se hayan establecido entre las partes. En la Sociedad Conyugal se divide el patrimonio acumulado durante el matrimonio, mientras que en la Separación total de Bienes todos los bienes adquiridos durante el matrimonio, depende única y exclusivamente de cada cónyuge, y en la Participación en los Gananciales, no se reparten los bienes que se adquirieron cuando el matrimonio se termina por divorcio, pero el cónyuge que adquirió bienes de mayor valor debe compensar al otro cónyuge que obtuvo menos.