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¿Qué deudas pueden prescribir?

¿Qué deudas pueden prescribir?

¿Qué deudas pueden prescribir?
La posibilidad de dejar de pagar una deuda, porque pasaron años sin acciones de cobranza por parte de las casas comerciales, bancos u otras entidades financieras, puede parecer un verdadero salvavidas para muchos, ya que es la forma de poner fin a la obligación del pago.  

Sin embargo, existe la duda en la mayoría de las personas con respecto a si todas las deudas prescriben, o son solo algunas que por ley pueden prescribir con el transcurso de los años.

En este artículo explicaremos en detalle para qué deudas corre la prescripción y cuáles son los requisitos y normas que deben cumplir.

¿La prescripción corre para todas las deudas?

Por regla general, la prescripción aplica para todas las deudas, pero existen excepciones. Por ejemplo, cuando lo que se adeuda es una pensión de alimentos o pago de deudas previsionales, son deudas que no prescriben, independiente del tiempo que transcurra.

Otra excepción es el CAE, ya que la ley que lo regula dice que es una deuda que no puede prescribir.

Documentos que pueden prescribir:

  • Pagarés: Son documentos en los que una empresa refleja que una persona está obligada a pagar determinada cantidad de dinero en cierta fecha. Un alto porcentaje de compras y créditos se encuentran asociados a este documento.
  • Cheques: Son un documento bancario que permite que la persona pueda retirar o guardar dinero en una cuenta corriente. Si entregan un cheque, y la cuenta no tiene fondos o no existe dinero suficiente en dicha cuenta, protestarán el cheque generando una deuda. La prescripción no se da hasta después de un tiempo en que se dejó de pagar, después del tiempo en que protestaron el documento.
  • Letras de cambio: Se trata de documentos como los pagarés, indicando que una persona tiene una deuda y que en una fecha específica tendrá que pagarla.

¿Cuáles son los plazos?:

  • Prescripción de pagarés: Los pagarés prescriben después de transcurrido 1 año desde la primera cuota impagada.
  • Prescripción de cheques: Los cheques prescriben después de 1 año desde que fueron protestados.
  • Prescripción de letras de cambio: Las letras de cambio pueden prescribir después de 1 año desde la fecha de vencimiento de la letra.
  • Prescripción de deudas generales: Las deudas por regla general prescriben después de transcurridos 5 años desde que se hizo exigible la obligación. Esto significa que, si tienes una deuda y han pasado 5 años sin que se realice la notificación de una demanda por parte del acreedor, la deuda puede extinguirse por prescripción.

Es importante considerar que los plazos de prescripción pueden experimentar modificaciones según la normativa que se encuentre vigente y las particularidades de cada caso.

En caso de tener preguntas y dudas acerca de la prescripción de tus deudas, te aconsejamos buscar orientación legal para obtener información precisa de expertos.

Si deseas obtener más información, has recibido una notificación de demanda por deudas, te encuentras retrasado en el pago de un crédito o simplemente necesitas orientación, no dudes en contactarnos aquí.

 

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